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Preguntas frecuentes:

COMPRA | VENTA

Es un certificado emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble. Es la copia de la "ficha" de la propiedad de la que surge su domicilio y m2, quién es el dueño hoy y si tiene algún gravamen (hipoteca, embargo, usufructo, bien de familia).

Es una "oferta" que el posible comprador realiza por la propiedad de interés depositando una suma de dinero, y que en tanto no sea aceptada por la vendedora, la operación no estará cerrada. Sirve como instancia de negociación seria entre las partes. Una vez que la propiedad es reservada, el inmueble es retirado de la venta y comienzan los trámites preparatorios para la suscripción del Boleto de Compra Venta. En caso de que el comprador se "arrepienta" luego de realizada la reserva, el comprador pierde el dinero entregado. Por lo tanto, antes de realizar una oferta por una propiedad es importante estar convencido de querer realizar la compra.

Es un certificado emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble el cual dice si el vendedor no está "inhibido" para vender.

Generalmente el escribano es seleccionado por el comprador en el Boleto de Compra Venta. Hay excepciones, si la compra es con financiación, en esos casos al escribano suele ser el designado acreedor hipotecario. Pasa lo mismo cuando se trata de una "primera Escritura", es decir un edificio "a estrenar" o un nuevo loteo.

Antes de la escritura el escribano solicitará los libre deuda de "Impuestos" que se pudieran deber (rentas provinciales, municipales, etc.). En caso que hubiera deuda, deberá retener el importe al momento de la firma. Los "Servicios" (Luz, Gas, Teléfono), en muchos casos se hace una retención, sobre la base de últimos consumos. Si se trata de un ph, también necesitará libre deuda de expensas comunes.

Habitualmente el día de la escritura, se entregan las llaves y posesión del bien.

ALQUILER

El inquilino deberá abonar el alquiler entre el 1 y 5 de cada mes, tal como está establecido en el contrato. Una vez superado dichos plazos, deberá abonar los intereses correspondientes. Podrá realizar los pagos eligiendo una de las siguientes alternativas: • Depósito en efectivo en banco o por cajero automático. • Depósito y/o transferencia bancaria. • Depósito y/o transferencia mediante su Home Banking. Las cuentas bancarias están detalladas en el contrato. Una vez efectuado el depósito deberá informarlo sin excepción, a través del Servicio “Mi Alquiler” en nuestra web.

Es una "oferta" que el posible inquilino realiza por la propiedad de interés depositando una suma de dinero, y que en tanto no sea aceptada por la locadora, la operación no estará cerrada. Sirve como instancia de negociación seria entre las partes. Una vez que la propiedad es reservada, el inmueble es retirado de ofrecimiento en alquiler y comienzan los trámites preparatorios para la realización del Contrato de Locación. En caso de que el futuro inquilino se "arrepienta" luego de realizada la reserva, el mismo pierde el dinero entregado. Por lo tanto, antes de realizar una oferta por una propiedad es importante estar convencido de querer realizar el contrato. Además puede suceder que el locador realice una contra oferta la cual puede o no ser aceptada por el locatario. En ese último caso se reintegra el dinero de la seña también.

El día de la firma del contrato se hace entrega de la llave y se puede ocupar el inmueble. Se debe abonar los gastos de contrato y el alquiler correspondiente y además estar todo el contrato firmado y sellado.

El locatario podrá, pasados los primeros 6 meses de vigencia del contrato, finalizar la contratación, pero deberá notificarlo fehacientemente (es decir, por escrito) con una antelación mínima de 60 días de la fecha en que reintegrará la propiedad. Si la finalización se realiza durante el transcurso del 1er año, deberá abonar al locador en concepto de indemnización, el equivalente a un 1 mes y medio de alquiler. En caso de rescindir en el segundo año, deberá abonar el equivalente a un mes de alquiler, en concepto de indemnización.

Si el daño fue ocasionado por el uso, el inquilino deberá responsabilizarse. Si el problema es causado por la pérdida de un servicio, el inquilino deberá comunicarse con el proveedor del mismo. En caso contrario, notifique a GAGGIOTTI INMOBILIARIA S.R.L., de forma escrita (mail o nota), y si es posible, con imágenes.

El inquilino deberá dar de baja los servicios de luz y gas. Además, el inmueble tendrá que entregarse pintado a nuevo, limpio y respetando las mismas condiciones en que las recibió.